Noticias 12-12-2022
La alta velocidad ferroviaria en España se compone en la actualidad de cuatro corredores principales de alta velocidad, administrados, como toda la infraestructura de alta velocidad, por Adif-Alta Velocidad, por los que circulan diversos servicios, y por las numerosas líneas en construcción o en proyecto. Con 3762 km en servicio según ADIF Alta Velocidad, se trata de la red ferroviaria de alta velocidad más extensa de Europa y la segunda en todo el mundo, solo por detrás de China.
Por esta red circulan multitud de servicios de tres operadoras: La empresa pública española Renfe, con sus marcas AVE, Alvia, Avant y Avlo; la empresa pública francesa SNCF, con sus marcas TGV (desde 2010) y Ouigo (desde 2021); y la empresa privada española ILSA, con su marca iryo (desde 2022).
Las grandes inversiones realizadas para el desarrollo de infraestructuras y los trenes de fabricación nacional han permitido adquirir una experiencia en la elaboración, proyección, ejecución y explotación de proyectos que han ocasionado que otros países se hayan interesado por el modelo de alta velocidad español, como Estados Unidos, que mostró interés en la red ferroviaria de alta velocidad española como ejemplo para desarrollar la suya propia.
La construcción de la red de alta velocidad ha supuesto un considerable esfuerzo económico para el país, por lo que su rentabilidad o valor socioeconómico es objeto de estudio. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) publicó un estudio en 2020 donde dictaminaba que, a pesar de los beneficios aportados en tiempo de viaje y ahorro de costes y la rentabilidad positiva global, no podrá recuperarse la inversión y proponía desviar el dinero a otros servicios más necesitados y utilizados, en especial el servicio de Cercanías y Media Distancia. En 2020, la inversión realizada ascendía a 56 000 millones de euros de los 129 000 millones de euros proyectados. El ministro de transportes, José Luis Ábalos, recalcó que se escucharían las recomendaciones de la AIReF.
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Definiciones de alta velocidad
La propia UIC habla de «definiciones» y da un significado amplio y general; concretamente solo menciona velocidades superiores a 250 km/h para líneas de nueva construcción o 200 km/h para líneas reformadas.67 Según la definición española (ADIF AV) y europea89 se considera alta velocidad siempre que se cumplan algunas de estas características:
Redes: el sistema ferroviario español que forma parte del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad incluye:
Líneas especialmente construidas para la alta velocidad, equipadas para velocidades por lo general iguales o superiores a 250 km/h.
Líneas especialmente acondicionadas para la alta velocidad equipadas para velocidades del orden de 200 km/h.
Líneas especialmente acondicionadas para la alta velocidad, de carácter específico debido a dificultades topográficas, de relieve o de entorno urbano, cuya velocidad deberá ajustarse caso por caso. Esta categoría incluye también las líneas de interconexión entre las redes de alta velocidad y convencionales, los tramos de estación, el acceso a las terminales, almacenes, etc., que son recorridos a velocidad convencional por material rodante de «alta velocidad».
Vehículos: el sistema ferroviario español que forma parte del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad engloba los vehículos concebidos para circular a:
Velocidad de 250 km/h como mínimo en las líneas especialmente construidas para la alta velocidad, pudiéndose al mismo tiempo, en las circunstancias adecuadas, alcanzar velocidades superiores a los 300 km/h.
Velocidad del orden de 200 km/h en las líneas anteriores, en caso de ser compatibles con las posibilidades de esas líneas.
Vehículos concebidos para funcionar a una velocidad máxima inferior a 200 km/h que posiblemente vayan a circular por toda la red transeuropea de alta velocidad, o por una parte de esta, cuando sean compatibles con los niveles de rendimiento de dicha red, que deberán reunir los requisitos que garanticen un funcionamiento seguro en esa red.
Hay que tener en cuenta que dependiendo las diferentes características los requisitos técnicos son muy diferentes a pesar de que todos ellos se denominen «alta velocidad».
Diferencias de criterio entre ADIF y UIC
Así, al no haber ni definiciones ni características técnicas exactas, en España en 2020 la UIC considera de alta velocidad a las líneas o tramos Zaragoza-Huesca, Orense-Santiago de Compostela (La Coruña) y Sevilla-Cádiz mientras que Adif no lo hace; mientras que ADIF sí considera el tramo Plasencia (Cáceres)-Badajoz de alta velocidad mientras que la UIC no lo considera así. Por ello, la diferencia de 3330 km por parte de la UIC y 3622 km por parte de ADIF.210
Mientras que ADIF y UIC sí consideran alta velocidad la Variante de Pajares, Y vasca, el tramo La Coruña-Vigo (Pontevedra) del Eje Atlántico y a la futura línea Madrid-Extremadura211 que no cumplen íntegramente los criterios de la UIC. Estos casos serían similares a ciertas excepciones, siendo lo más extremos cuando la UIC considera de alta velocidad al Corredor Noreste de Estados Unidos, donde comparte vía con trenes de cercanías y de mercancías, o a los Mini-Shinkansen, antiguas líneas de vía estrecha adaptadas al ancho estándar y donde la velocidad máxima es de 130 km/h.10
Por ello, las características de las mismas pueden ser son muy heterogéneas, y en España van desde los 200 km/h de velocidad máxima del tramo Zaragoza-Huesca y Plasencia-Badajoz (aunque haya otras líneas o tramos «no AV» que superan esas velocidades), hasta los 310 km/h máximos de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa, por lo que la comparación con el resto de países resulta compleja al contar algunos países como España con muchos tramos y kilómetros con velocidades menores a 250 km/h que se consideran «alta velocidad» según los criterios de algunos organismos o administraciones (que bien podrían considerarse «altas prestaciones»).
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